¿CUANTOS PUNTOS DEL CARNET TE PUEDEN QUITAR SI BEBES ALCOHOL?
29 de diciembre de 2021.- Por si todavía no lo sabes, el alcohol es uno de los principales factores de más riesgo a la hora de conducir, y está presente en casi un 50% de los accidentes de tráfico tanto en carretera como en población.
Y es que el consumo de bebidas alcohólicas que producen efectos euforizantes, también provoca al mismo tiempo la pérdida de control, la disminución de la percepción del riesgo y el deterioro de la función psicomotora.
Pero a parte del riesgo que supone conducir después de tomar copas, y provocar un accidente de trágicas consecuencias, como la pérdida de tu propia vida y la de los demás, debes tener en cuenta que puedes perder otra cosa mucho menor, pero que es de suma importancia si necesitas tu vehículo para trabajar o desplazarte cada día: los puntos del carnet de conducir.
Si repasamos el actual Reglamento General de Circulación, comprobamos que se establece que tienen prohibida la circulación con vehículos los conductores, incluso de bicicletas, con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos o de alcohol en sangre de más de 0,5 gramos.
SANCIONES POR TASA DE ALCOHOL AL VOLANTE
Conducir con un exceso de alcohol superior a 0,5 miligramos o 0,3 miligramos en titulares del carnet de conducir, con menos de dos años o en profesionales conllevará una pérdida de 6 puntos del carnet.
Si conduces un vehículo a motor o ciclomotor bajo los efectos del alcohol y superas la tasa de alcohol de 0,60 miligramos por litro o en sangre de 1,2 gramos por litro, es un delito regulado en el Código Penal y te enfrentarás a penas de prisión de tres a seis meses, o a multa de doce meses, o a trabajos en beneficio de la comunidad. Además, tendrás prohibido conducir vehículos a motor y ciclomotores durante entre uno y cuatro años.
Por tanto, al volante ni una gota de alcohol. Conducir bajo los efectos del alcohol te pondrá en peligro, a tus ocupantes del vehículo y a los demás usuarios de las vías. Se responsable.